En la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de todo proyecto, y en su propio Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), se determina un condicionado ambiental que debe tener reflejo en el correspondiente Plan de Vigilancia Ambiental (PVA). Consiste básicamente en una serie de medidas de seguimiento y control de las distintas fases de las obras, que persigue la consecución de los siguientes objetivos:
- Comprobar que las medidas protectoras, correctoras y compensatorias propuestas en el Condicionado Ambiental (tanto en el EsIA como en la DIA), se han ejecutado correctamente, y proporcionar información sobre la calidad y oportunidad de estas medidas adoptadas, y su eficacia a la hora de evitar, mitigar o compensar los impactos para los que se habían diseñado.
- Proporcionar advertencias inmediatas acerca de los valores alcanzados por los indicadores ambientales seleccionados, respecto de los niveles críticos preestablecidos. Evidenciar umbrales no tolerables en los factores ambientales sometidos a vigilancia.
- Detectar alteraciones no previstas en el Condicionado Ambiental, y que se hubieran manifestado durante la ejecución del proyecto con la consiguiente definición de nuevas medidas correctoras.
- Comprobar la cuantía de aquellos impactos cuya predicción sólo puede realizarse cualitativamente.
- Propuesta de nuevas medidas correctoras en caso de que las iniciales fueran insuficientes.